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Constitución es Ley

  • Writer: Maranatha
    Maranatha
  • Jul 26, 2021
  • 1 min read

EDICTO NÚMERO 878

Dentro de la demanda por Inconstitucional interpuesta por el Licenciado Víctor Baker Revelo, donde se pedía se declarara inconstitucional los numerales PRIMERO Y SEGUNDO contenidos en la resolución No. 492 de fecha 6 de Junio de 2020, emitida por el ministerio de Salud.


Esta Resolución restringe la movilidad ciudadana en las Provincias de Panamá y Panamá Oeste, y dicta otras medidas tendientes a controlar y mitigar la propagación de la Pandemia de la Covid-19.


La Corte Suprema de Justicia, Pleno, Panamá, 13 de mayo de 2021 ha dictado la siguiente resolución:

"En merito de lo antes expuesto, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la Republica por autoridad de la Ley, DECLARA QUE SON INCONSTITUCIONALES la medida de restricción de movilidad basada en sexo, día y número de cedula/ pasaporte y el toque de queda contenidos en los párrafos "PRIMERO" y "SEGUNDO" de la Republica No. 492 del 06 de Junio de 2020, emitida por el Ministerio de Salud "Que restringe la movilidad ciudadana en las Provincias de Panamá y Panamá Oeste, y dicta otras medidas tendientes a controlar y mitigar la propagación de la pandemia de la Covid-19", la cual se promulgo en la Gaceta Oficial No. 29041 de 7 de Junio de 2020."




 
 
 

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